Apr 15, 2025 - Apr 29, 2025
Julián Franklin Mamani Luque, Asociación Virgen del Carmen
Proveniente de una familia dedicada a la producción de jarrones y macetas vidriados característicos de Pucará, el autor de esta pieza tuvo la oportunidad de viajar a Cusco y aprender nuevas técnicas alfareras en el taller del reconocido ceramista Julio Gutiérrez Samanez. La experiencia lo llevó a seguir experimentando en el arte de la cerámica y a crear toros completamente modelados a mano, concebidos como piezas únicas. Este tipo de obras le valieron el reconocimiento como Maestro Regional de la Artesanía de la región Puno en 2023. Hechos íntegramente con materiales y pigmentos naturales y cocidos en horno rústico a taquia (excremento de llama), este par de toros destaca por su cobertura parcial con cuero curtido, elaborada por el mismo artista usando técnicas tradicionales. La inspiración proviene de antiguos recipientes cerámicos recubiertos de cuero, fabricados en Pucará y utilizados como cantimploras.
Cerámica modelada, pintada con engobes naturales y con aplicación de cuero res curtido de forma ancestral
58 x 64 x 32 cm c/u
ENTREGA DE LA OBRA
1. Una vez cancelado el importe total de obra, se coordinará con cada comprador el envío de la pieza a su domicilio o dirección que consigne en un plazo máximo de 10 días útiles.
2. El envío se realizará a una sola dirección consignada dentro de Lima Metropolitana. Cualquier traslado fuera de dicha zona geográfica será asumido y realizado por el comprador.
INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES
1. El organizador informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura.
2. El organizador no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final.
LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable.
2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del Cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles